jueves, 25 de diciembre de 2014

El nuevo formato de la esclavitud

ANUARIO 2014. Trata: reformas legales, 1.500 mujeres rescatadas del horror y el rol de las organizaciones.

Está catalogada como la esclavitud del nuevo siglo y nadie discute que la trata de personas con fines de explotación sexual o laboral es la forma de violencia más instalada en nuestra sociedad. El delito de trata se impuso en las agendas de los países de la región debido al intenso trabajo de las organizaciones sociales, que empiezan ser escuchadas a través de denuncias, de exposición de casos puntuales en los medios masivos y de múltiples actividades de sensibilización. En Argentina, la Ley Nº 26.842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas está a punto de cumplir dos años desde su sanción definitiva. Aunque todavía no fue reglamentado el artículo referido a la asistencia a víctimas, las cifras son alentadoras ya que más de 1.500 mujeres en situación de explotación fueron liberadas durante 2014.
Uno de los enfoques más interesantes sobre la temática es aportado por numerosos grupos que discuten la noción de prostitución como el oficio más viejo del mundo, quienes presentaron un documento con reflexiones, disidencias y propuestas ante el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, y la comisión redactora del anteproyecto de reforma del Código Penal, que define la trata de personas como las acciones de captar, transportar y recibir, y agrega “para someter a una persona a extracción forzada de órganos o tejidos o a cualquier forma de explotación sexual o laboral o el que con el mismo fin promoviere o facilitare su entrada o salida del país, aunque medie el consentimiento de la víctima”. En el anteproyecto se omiten las acciones de “ofrecer” y “acoger”, con lo que quedan fuera de la tipificación los casos de ofrecimiento que suelen realizar los proxenetas, además limita arbitrariamente la persecución penal del delito por la Justicia Federal. Otro punto cuestionado es que bajaría la pena en proxenetas que exploten a víctimas mayores de edad, quienes deberán demostrar su consentimiento. Así, se volvería a la ley de trata aprobada en 2008 y reformada en 2012, que finalmente terminó endureciendo las condenas.
Cabe recordar que nuestro país es signatario del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena de 1949, que persigue el proxenetismo, prohíbe la instalación de prostíbulos y considera a la prostitución como el mal que acompaña a la trata de personas. Argentina también suscribe a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, a la Convención de los Derechos del Niño, al Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención Americana de Derechos Humanos.

Publicada en Pausa #148. Pedí tu ejemplar en estos kioscos de Santa Fe y Santo Tomé.

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